¿Está el presidente de Murcia imputado o no? ¿Por qué? ¿Tiene que dimitir? ¿Qué dice la ley?

Pedro Antonio Sánchez y Martínez-Maíllo
Pedro Antonio Sánchez y Martínez-Maíllo
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Pedro Antonio Sánchez y Martínez-Maíllo

La citación judicial del presidente de Murcia, el popular Pedro Antonio Sánchez, como investigado dentro del caso Auditorio ha desatado un torbellino de declaraciones y peticiones de dimisión. El asunto podría terminar con el pacto de gobernabilidad que firmaron en la región Partido Popular y Ciudadanos. Sánchez, aunque lo prometió, rechaza dimitir.

Estas son las claves:

¿Qué pasa con el presidente de Murcia?

Pedro Antonio Sánchez, presidente de Murcia, ha sido citado a declarar por el juez instructor Julián Pérez-Templado (TSJ de Murcia) "en calidad  de  investigado" en el llamado caso Auditorio. Declarará el próximo 6 de marzo. El magistrado investiga la adjudicación de las obras de un auditorio en el municipio de Puerto Lumbreras cuando Sánchez era alcalde. El auto es recurrible.

¿Hay más implicados?

Sí, 20 más. El caso estaba en el Juzgado de Instrucción núm. 1 de  Lorca, pero el pasado 2 de febrero la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) no solo se declaró competente para instruir y, en su caso, juzgar la causa en relación a Sánchez (aforado), sino, "por el momento", también en relación a los otros 20 investigados.

¿Qué dice el auto del juez?

En el auto del lunes, de cuatro páginas, en el que se iniciaban las llamadas "diligencias previas" (el inicio de las investigaciones en procedimientos abreviados, es decir, en los que los delitos investigados son castigados con penas de cárcel no superiores a nueve años), solo se citaba a declarar a Pedro Antonio Sánchez. Pero era un auto muy confuso:

  • En primer lugar, el encabezado del documento se lee "Sobre: prevaricación administrativa".
  • El juez recuerda que el 2 de febrero el TSJM se declaró competente para investigar al presidente de Murcia por "los presuntos delitos de prevaricación continuada, fraude contra la Administración Pública, falsedad en documento oficial y malversación de caudales públicos".
  • Justo después, en la parte de fundamentos de derecho (donde argumenta su decisión), insiste en que los hechos que se investigan "podrían ser delictivos" y, concretamente, constitutivos de los delitos mencionados. Se presume que para todos los investigados.
  • Pero en la parte dispositiva (la decisión) el juez acuerda incoar diligencias previas (averiguaciones) solo por la "comisión de un posible delito de prevaricación administrativa".
  • En el párrafo siguiente cita como investigado a Sánchez. No quedaba claro, por tanto, si el magistrado solo lo citaba por eso y si había descartado investigar el resto de posibles delitos.

Fuentes del TSJM explicaban en la mañana de este martes que solo el juez Pérez-Templado podía explicar qué había querido decir con su auto y que, por el momento, ninguna de las partes había solicitado una aclaración. Según La opinión de Murcia, las acusaciones recurrirán el primer auto (el de aclaración no se puede recurrir) y creían que se había producido "un error de redacción". También lo pensaba, según ese diario, la Fiscalía.

El juez rectifica: "error material"

A las 13.33 horas de este lunes, efectivamente, el juez hizo pública una "aclaración" en la que reconoce un "error material" en su auto. Así, explica que las diligencias previas son para los cuatro delitos, y no solo para el de prevaricación, que además es "continuada". No vuelve a mencionar al presidente de Murcia, pero se infiere que la citación de Pedro Sánchez se ajusta ya oficialmente a los supuestos delitos que le habían achacado anteriormente tanto el juzgado de Lorca como el TSJ al asumir el caso.

¿Imputado o investigado? ¿Qué dice la ley?

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2015 sustituyó el término imputado por el de investigado con el fin de "evitar las connotaciones negativas y estigmatizadoras" de dicha palabra y arrojar luz sobre la fase procesal. La reforma dice, exactamente, esto:

  • Investigado: es la "persona sometida a investigación por su relación con un delito". Sobre ella, añade, "no existen suficientes indicios para que se le atribuya judicial y formalmente la comisión de un hecho punible".
  • Encausado: este término designa "de manera general, a aquel a quien la autoridad judicial, una vez concluida la instrucción de la causa, imputa formalmente el haber participado en la comisión de un hecho delictivo concreto".
  • Acusado o procesado: estos términos "podrán ser empleados de forma indistinta al de encausado en las fases oportunas" (es decir, a partir del momento en el que Fiscalía y acusaciones acusen al investigado y pidan juicio oral).
  • Diligencias previas: la Lecrim dice que "en la primera comparecencia el juez informará al investigado, en la forma más comprensible, de los hechos que se le imputan". Tanto antes como después podrá hablar con su abogado. Si al finalizar las diligencias previas se produce "algún cambio relevante en el objeto de la investigación y de los hechos imputados", se le comunicará.

¿Existe entonces el término "imputado formal"?

No, aunque la ley dice que es al encausado al que se le "imputa formalmente" la comisión de un delito. Cuando el juez termina de investigar, da traslado de las diligencias previas a Fiscalía y acusaciones para que con sus escritos pidan que se abra juicio oral o que se decrete el sobreseimiento.

¿Qué firmó el PP con Ciudadanos en Murcia?

El pacto de gobernabilidad firmado por los dos partidos en la comunidad autónoma dice que el PP y Pedro Antonio Sánchez López "asumen", entre otras cosas, que se separe "de inmediato de cualquier cargo, público o de partido, a imputados por corrupción política hasta la resolución completa del procedimiento judicial". No aclara si el imputado (investigado) tiene que ser formal o no.

¿Qué dice la ley de transparencia de Murcia?

En su artículo 54 dice que los cargos públicos electos "entenderán" que su permanencia en el cargo es "incompatible" si un juez, en un auto, los considera imputados —"o figura legal equivalente"— por la presunta comisión de delitos contra la Administración pública o contra la Constitución. Tampoco aclara si la imputación debe ser formal, solo que exista un auto que lo califique como tal o, en este caso, como investigado.

¿Qué firmó el PP con Ciudadanos a nivel nacional?

En el acuerdo de legislatura —las 150 medidas— se especifica que PP y Ciudadanos se comprometen a la "separación inmediata de los cargos públicos que hayan sido imputados formalmente o encausados por delitos de corrupción". Aquí sí se hace la distinción.

¿Qué dice el Gobierno de Murcia?

La portavoz del Gobierno de Murcia, Noelia Arroyo, ha defendido en varias entrevistas que la condición de Sánchez no es de "imputación formal" y que la "línea roja" en la que considera que tendría que dimitir es si se le abre juicio oral, como hacen "todos los partidos". Añade que la ley de transparencia "no habla de obligación jurídica" de dimitir —"Dice 'entenderá', no 'deberá'"— y que lo que puede haber es un "error en un procedimiento administrativo". "No se habla de corrupción política", apostilla.

Por su parte, el presidente Sánchez ha dicho que a él le interesa que "la verdad se sepa cuanto antes". Aportará su declaración y documentación y pedirá "nuevas diligencias". Opina que se trata de "una cuestión absolutamente administrativa". El dirigente murciano prometió que dimitiría si era "imputado" en el caso auditorio, sin más detalles, tal y como se puede escuchar en este audio:

¿Qué dice el PP nacional?

El coordinador general del PP, Fernando Martínez Maillo, insiste en que Sánchez no cometió ningún delito de corrupción, sino que pudo caer en una prevaricación administrativa (algo que tras la aclaración del juez no es así), y ha asegurado que "no es lo mismo meter la pata que meter la mano".

¿Qué dice Ciudadanos?

Tanto el portavoz en el Congreso, Juan Carlos Girauta, como el de Murcia, Miguel Sánchez, han pedido la dimisión del presidente y que se proponga un candidato alternativo de entre los diputados autonómicos del PP para el cargo.

¿Qué dice el Gobierno?

El presidente Mariano Rajoy dijo en una entrevista a Telecinco el lunes que no pedirá la dimisión a Sánchez y recordó que ya ha habido 16 denuncias previas contra el dirigente regional, todas ellas del PSOE, que han sido archivadas. Pidió "prudencia" y apeló a los "derechos humanos" para defender la presunción de inocencia de su compañero de partido.

¿Corrupción es solo llevarse dinero?

Según la propia ley de transparencia de Murcia en su apartado 54, la corrupción afecta a los delitos contra la Administración pública y a los delitos contra la Constitución. Entre los primeros están la prevaricación, el cohecho, el tráfico de influencias, la malversación, el fraude, etc.

¿Está Sánchez vinculado a algún otro caso?

Sí, a una pieza separada de Púnica. El juez Eloy Velasco, de la Audiencia Nacional, le atribuye los delitos de fraude, cohecho y revelación de información reservada, pero como es aforado únicamente ha iniciado los trámites que desembocarían en una exposición razonada ante el TSJ de Murcia, que es el que decidiría si abre causa o no.

La Fiscalía, no obstante, se ha manifestado en contra (con polémica incluida que incluye al ministro de Justicia): no aprecia comisión de delitos por parte del presidente, aunque no opina lo mismo de otra de las aforadas, la senadora del PP y exalcaldesa de Cartagena Pilar Barreiro.

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