El Ayuntamiento de Priego estudia "dar cabida" a la prohibición de circos, aunque "es de difícil aplicación"

  • El Ayuntamiento de la localidad cordobesa de Priego de Córdoba ha informado este lunes tras la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Córdoba sobre los circos con animales que estudia en este momento "las posibles vías jurídicas para poder dar cabida" a la solicitud de voluntad del Pleno municipal para la prohibición de dichos espectáculos, aunque entienden que "a día de hoy es de difícil aplicación".

Así lo expone el Consistorio en una nota, a raíz del pronunciamiento del juzgado hecho público en esta jornada, después de que la sentencia es del día 14 de octubre de 2016 y el Pleno del Ayuntamiento en el que se aprobó la moción fue en enero de 2010.

Al respecto, detallan que los acuerdos de la moción determinaban "manifestar el compromiso del Consistorio con los principios éticos, sociales y medioambientales y con el respeto a no causar sufrimiento a los animales, ya sean domésticos, de compañía o salvajes", así como "declarar que el Ayuntamiento es contrario a la exhibición de animales salvajes en circos".

De igual modo, se acordó "no permitir la instalación de circos en la ciudad con animales salvajes... como forma de garantizar la seguridad ante las huidas".

Según explican desde el Consistorio, en base a esta moción se ha desestimado la solicitud presentada por el circo 'Continental', que a través de la Asociación Nacional de Circos impugnó por su parte la resolución de 7 de octubre de 2015 que, por decreto de Alcaldía, había desestimado la solicitud de instalación al igual que en otras ocasiones a lo largo de los últimos años.

No obstante, el día 2 de noviembre de 2015 se interpuso un escrito al Contencioso-Administrativo, fundamentando la sentencia que la resolución es "disconforme a derecho" al dictarse la denegación por "consideraciones subjetivas o discrecionales, sin respaldo o cobertura normativa".

Según la sentencia, las razones de la denegación debían basarse en "bases regladas, instalaciones, actividades pretendidas, análisis urbanístico o de otra índoles de aplicación", haciendo referencia a que el acuerdo del Pleno de 2010 "es una declaración de intenciones, no tiene carácter normativo".

Además, manifiesta expresamente que "el Ayuntamiento aunque le desagrade, no puede, sin más e indiscriminadamente, prohibir una actividad que es lícita y está permitida por el ordenamiento jurídico". Así, se retrotrae el procedimiento "al no ser conforme a derecho", imponiendo las costas al Ayuntamiento.

AUTORIZACIÓN DE CIRCO

Mientras, este fin de semana el circo Roma solicitó la instalación y tras cumplir la normativa de instalación y funcionamiento se autorizó en la zona baja del recinto ferial, "un lugar amplio para que pudiesen estar al aire libre los animales del circo", según detallan desde el Ayuntamiento.

En este sentido, indican que "la Policía Local ha visitado en varias ocasiones las instalaciones para comprobar la limpieza, y el suministro de agua y comida a los animales, estando todo conforme", ante lo cual el Consistorio no se ha podido oponer.

Asimismo, precisan que "la normativa de protección de los animales es la Ley autonómica 11/2003", dicha normativa en su artículo 4 desarrolla "aquellas actividades expresamente prohibidas y que se califican maltrato animal" y en la misma hace referencia al "empleo de animales en circos", condicionando dicha prohibición a, "si ello supone para el animal sufrimiento, dolor u objeto de tratamientos antinatura".

Este precepto, agregan, "con la actual regulación es un argumento 'subjetivo' que deja en un limbo jurídico su aplicación legal, debiendo ir al caso concreto de cada circo o espectáculo y nunca a la genérica prohibición de circos con animales", aseveran desde el Consistorio.

Por tanto, "las autorizaciones o denegaciones de licencias municipales deben tener una justificación de adecuación a normativa lo más objetiva posible, como así hace referencia la sentencia", subraya el Ayuntamiento de Priego.

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