Homs, condenado a un año y un mes de inhabilitación por la consulta del 9-N

  • Así lo establece la sentencia del Tribunal Supremo, por desobediencia grave al Constitucional.
  • Homs también deberá pagar una multa de 30.000 euros.
  • El Supremo, sin embargo, absuelve a Homs del delito de prevaricación del que le acusaba la Fiscalía.
  • Homs responde que el fallo es un "error" de un Estado que "ha perdido" y ha avanzado que presentará recurso al Constitucional.
Francesc Homs declara ante el Tribunal Supremo por los delitos de prevaricación y desobediencia en relación con el 9-N.
Francesc Homs declara ante el Tribunal Supremo por los delitos de prevaricación y desobediencia en relación con el 9-N.
EUROPA PRESS
Francesc Homs declara ante el Tribunal Supremo por los delitos de prevaricación y desobediencia en relación con el 9-N.

El exconseller y diputado del PDeCat Francesc Homs ha sido condenado por el Tribunal Supremo a un año y un mes de inhabilitación y a 30.000 euros de multa por un delito de desobediencia derivado de su participación en la consulta del 9-N de 2014. Homs ya ha avanzado que presentará recurso al Tribunal Constitucional.

Sin embargo, la Sala de lo Penal del Supremo, en una sentencia adoptada por unanimidad, absuelve a Homs del delito de prevaricación del que le acusaba la Fiscalía.

La condena es menor que la que impuso el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) al expresidente de la Generalitat Artur Mas por los mismos hechos, pero sigue la misma línea: condena por un delito de desobediencia grave y absolución del delito de prevaricación administrativa.

El Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el presidente de la Sala, Manuel Marchena, argumenta que el delito de prevaricación queda absorbido por el de desobediencia, regulado en el artículo 410 del Código Penal.

Discrepa así del criterio del fiscal, que pedía condenar a Homs por ambos delitos a 9 años de inhabilitación, al estimar que el castigo conjunto de ambos delitos no es posible. A juicio del Supremo, las distintas omisiones en las que incurrió Homs son consecuencia de su "contumacia" a la hora de desobedecer al Constitucional.

Por esa misma lógica, ni siquiera la carta enviada por Homs el 6 de noviembre de 2014 a un directivo de T-SYSTEMS que exigía saber si los trabajos encomendados a esta empresa estaban afectados por la prohibición del Tribunal Constitucional es bastante para acreditar un delito de prevaricación.

Sin embargo, el contenido de la carta es "lo que ha servido a la Sala de presupuesto para condenar a Homs como autor de un delito de desobediencia".

Precisa el Supremo que la sentencia "limita su ámbito de conocimiento a los delitos por los que se ha formulado la acusación. No se cuestiona si la aplicación económica de fondos públicos, promovida por el acusado en abierta y franca contradicción con el mandato emanado del Tribunal Constitucional, tiene o no relevancia penal".

De este modo, el alto tribunal condena al diputado a un año y un mes de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos y de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local.

En lo que respecta al delito de desobediencia, la sentencia subraya que la providencia del Tribunal Constitucional en la que ordenaba la suspensión de la consulta del 9N era de fácil comprensión y exigía al acusado paralizar las actividades ya puestas en marcha y que se abstuviera de promover otras acciones dirigidas a la celebración de la consulta del 9-N.

Es decir, que Francesc Homs sabía perfectamente cuál era el objeto de la impugnación y sabía que en el contenido de la providencia se aludía a todas aquellas actividades, presentes o futuras, que estuvieran dirigidas a hacer realidad la votación, expone el Supremo.

Y desacredita los argumentos dados por Homs, quien alegó que el mandato del TC no era claro y no tenía una advertencia expresa.

"La idea de que la excesiva amplitud del mandato oscurecía el ámbito de lo prohibido encierra un inaceptable sofisma. Entender que, cuando el mandato lo abarca todo, en realidad no abarca nada, carece de sentido", afirma el Supremo.

Asimismo, añade, la ruptura de las bases constitucionales y del marco normativo que hace posible el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, no puede resultar indiferente al derecho penal.

Sobre la participación de voluntarios en el proceso, la Sala no cuestiona su protagonismo, pero señala que su presencia no convierte lo que fue un proceso tutelado y dirigido desde la Generalitat en un espontáneo movimiento ciudadano ajeno a toda vinculación pública o institucional.

Por último, también rechaza que tenga valor exoneratorio la propuesta de la defensa, de anteponer el criterio de la Junta de Fiscales del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña al criterio asumido por la Fiscalía General del Estado de interponer una querella.

Ello supone, según la sentencia, "voltear el diseño constitucional del Ministerio Fiscal e implica confundir el principio de dependencia jerárquica con un extravagante formato asambleario en el que la opinión de los fiscales del TSJC se impone a la de la Fiscal General del Estado".

Homs: "El fallo es un error"

El portavoz del PDeCAT en el Congreso, Francesc Homs, ha salido al paso de la decisión del Tribunal Supremo de inhabilitarlo por la consulta soberanista del 9-N de 2014: "Sólo me debo al pueblo de Cataluña, que es quien me ha escogido diputado", ha subrayado desde su cuenta en Twitter.

Desde las redes sociales, utilizando el "hashtag" #hotornariaafer (lo volvería a hacer), Homs ha agradecido las "muestras de apoyo, por supuesto mucho más allá" de su persona, "porque responden al compromiso democrático y plural", y ha advertido: "Condenar por poner urnas es un error y una debilidad del Estado español. ¡Hoy ganamos y seguiremos ganando!".

Porteriormente, Homs ha comparecido en rueda de prensa en la sede del PDeCAT al lado de una urna del 9N y flanqueado por el expresidente catalán Artur Mas y la exconsellera Irene Rigau, y ha señalado que el fallo es un "error" de un Estado que "ha perdido" cuando solo da una respuesta judicial al proceso soberanista y ha avanzado que presentará recurso al Tribunal Constitucional.

Homs ha asegurado que seguirá acudiendo al Congreso hasta que no se le comunique que no puede seguir asistiendo y ha avanzado que presentará recurso al Tribunal Constitucional y, mientras, solicitará al Supremo la suspensión de la ejecución de la pena. El exconseller ha afirmado que el fallo "no solo es un error sino la muestra de que el Estado español ha perdido" cuando ante un planteamiento de la "intensidad y apoyo mayoritario" como el proceso soberanista la respuesta es "solo por la vía de la condena y de apartar a políticos".

El Govern ve "injusta" la sentencia

La portavoz del Govern, Neus Munté, ha calificado este miércoles de "injusta" la sentencia de un año y un mes de inhabilitación contra el exconseller y portavoz del PDeCAT en el Congreso, Francesc Homs, por el 9-N, y ha asegurado que defenderán su estrategia de defensa si decide recurrirla al Tribunal Europeo de Derecho Humanos de Estrasburgo.

"No aceptamos que se puedan inhabilitar ideas, urnas y el ejercicio democrático que llevaron a cabo 2,3 millones personas el 9-N", ha recalcado en declaraciones en los pasillos del Parlament, donde ha expresado su apoyo y solidaridad a Homs.

Al preguntársele si Homs debe dejar el escaño en el Congreso, Munté ha defendido analizar primero el contenido de la sentencia desde un punto de vista personal e institucional: "Veremos la decisión que se adopta".

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