La Guardia Civil intervien tres piezas de origen romano en un alojamiento turístico de Tías (Lanzarote)

  • El Destacamento de Protección de la Naturaleza (Deprona) de Timanfaya de la Guardia Civil ha recuperado tres piezas cerámicas de ánforas de origen romano que estaban expuestas en un alojamiento turístico, siendo denunciado su titular por una infracción administrativa a la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias.
Piezas de ánforas de origen romano intervenidas
Piezas de ánforas de origen romano intervenidas
GUARDIA CIVIL
Piezas de ánforas de origen romano intervenidas

Tras diversas inspecciones para evitar el tráfico ilegal de objetos arqueológicos, los agentes del Seprona averiguaron que en un negocio turístico del municipio de Tías, en Lanzarote, se exponían unas piezas cerámicas de presumible origen romano, con más de 1.800 años de antigüedad.

El pasado 16 de marzo el Seprona acudió a este lugar y comprobó que el responsable del establecimiento carecía de toda documentación que amparase la tenencia legal de estas piezas cerámicas, por lo que dada la procedencia ilegal de las mismas y que no había comunicado en ningún momento dicho hallazgo, se procedió a la incautación de las piezas y a la denuncia administrativa -por infracción a la citada Ley 4/1999, artículo 96, apartado 2 i- del dueño del establecimiento.

Finalmente las piezas fueron incautadas y depositadas en el Fondo Arqueológico del Cabildo de Lanzarote para un mejor estudio y valoración de las mismas. A raíz de las primeras indagaciones realizadas por los agentes, presumiblemente el origen de las piezas cerámicas sea el yacimiento arqueológico de origen romano de la isla de Lobos.

La Ley de Patrimonio Histórico prevé diferentes sanciones ante actos que dañen o perjudiquen los bienes y objetos históricos y arqueológicos, las cuales son en su mayoría multas oscilan que pueden llegar hasta los 600.000 euros; en este caso en concreto la normativa establece multas desde 3.001 hasta 150.000 euros.

En base al artículo 323 del Código Penal el o aquellos que causaren daños -o actos de expolio-- en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, o en yacimientos arqueológicos (terrestres o subacuáticos), se enfrentan a penas de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses.

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