Plataforma critica que los guías tienen que pasar una prueba para "ser intérpretes" de la Mezquita-Catedral

  • La Plataforma Mezquita-Catedral de Córdoba ha llamado este domingo la atención y ha solicitado a las consejerías de Cultura y de Turismo de la Junta de Andalucía que expliquen "por qué si cualquier guía oficial puede desarrollar su labor profesional en la Mezquita Catedral de Córdoba", tal y como dicta el Decreto 8/2015, de 20 de enero, regulador de guías de turismo de Andalucía, el Cabildo catedralicio ha convocado un examen -con dos pruebas, una escrita y otra oral- para el próximo día 1 de abril con el fin de poder "acceder a la habilitación para acreditarse como intérprete del conjunto monumental Mezquita Catedral de Córdoba".

Así lo señala la Plataforma en una nota en la que explica que al colectivo al que representa "le gustaría conocer si existe un acuerdo entre la administración andaluza y el cabildo que regule esta prueba, qué naturaleza jurídica tendría este presunto acuerdo y qué papel juega la Junta en controlar este nuevo filtro para los guías de la Mezquita Catedral".

Desde la Plataforma subrayan que, de acuerdo con el artículo 20 del Decreto 8/2015, son derechos de las personas habilitadas como guías de turismo en Andalucía, entre otros, "acceder a los bienes integrantes del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz (Cgpha), para ejercer la actividad en los supuestos y condiciones establecidas en las disposiciones vigentes y previa acreditación de su condición".

La Mezquita Catedral de Córdoba está inscrita en el Cgpha y tiene el régimen de protección que le otorga ser Bien de Interés Cultural (BIC). El artículo 16 del decreto, el referido a las pruebas para la obtención de la habilitación, señala que es la "Consejería competente" en materia de turismo la que "podrá" convocar pruebas de aptitud para la obtención de la habilitación de guía de turismo de Andalucía. Desde la Plataforma remarcan que "en las disposiciones vigentes del decreto no se mencionan las supuestas pruebas adicionales que los monumentos pertenecientes al Cgpha pudieran realizar para expedir la habilitación de guía de un monumento concreto".

Por tanto, dicha prueba, a juicio de esta plataforma "y ante el desconocimiento de que exista otro tipo de acuerdo, no se ajusta a lo reflejado en el decreto regulador de guías de turismo en Andalucía". Asimismo, en el artículo 3 de las disposiciones generales del aludido decreto se señala que "las personas habilitadas como guías de turismo por otras comunidades autónomas, podrán desarrollar libremente la actividad en Andalucía, sin necesidad de presentar documentación o comunicación alguna, ni someterse al cumplimiento de requisitos adicionales", añade la plataforma.

Este colectivo ciudadano quiere remarcar que solo los guías que poseen la acreditación del Cabildo pueden acceder a realizar su trabajo en la Mezquita Catedral. "Una manera de discriminar a los guías andaluces que no pueden, no quieren o no superan una prueba privada para la que el Cabildo recomienda exclusivamente como referencias orientativas dos publicaciones", apostillan.

La plataforma Mezquita Catedral también quiere "denunciar la falta de garantías de objetividad y transparencia en la selección final de la citada prueba, ya que no se puede auditar la segunda parte del examen -el oral-, ni cabe reclamación oficial alguna".

"Además, resulta sorprendente que los contenidos de la prueba no sean generados ni supervisados por la administración andaluza, garante de velar y tutelar el patrimonio, por lo que queda al criterio del Cabildo la selección de aquellos temas histórico-artísticos a incorporar en el examen", añade la plataforma, para apostillar que "el Cabildo catedralicio no es un órgano científico con solvencia para examinar sobre el discurso histórico artístico y, de nuevo, con esta acción vuelve a encorsetar la universalidad cultural de uno de los monumentos más importantes del mundo y principal seña de identidad de la ciudad".

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