Condenado a 4 meses de prisión por amenazar a su expareja en un centenar de WhatsApp

  • En los mensajes indicaba que "como la viera por la calle con otro hombre le cortaría el cuello" y añadía que "le iba a hacer la vida imposible, que la iba a matar".
  • El juez le ha prohibido aproximarse a menos de 500 metros y comunicarse con ella por cualquier medio durante dos años.
Pantalla de un móvil con la aplicación de WhatsApp.
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El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Teruel ha condenado este martes, por sentencia firme, a cuatro meses de prisión a un hombre como autor de un delito de violencia contra la mujer, en su modalidad de amenazas leves.

En el texto de la resolución se considera como hechos probados que entre los días 4 y 8 de mayo de 2017, Juan Manuel D.P. ha enviado a Montserrat L.C., su expareja, un centenar de WhatsApp con expresiones intimidatorias hacia su persona en todos ellos. En el mencionado Juzgado, competente en los asuntos de Violencia sobre la Mujer, se ha tramitado el procedimiento como diligencias urgentes.

En los mensajes que el acusado ha remitido a la mujer "se empleaban expresiones tales como que no sabía con quién se había metido y que como la viera por la calle con otro hombre le cortaba el cuello, añadiendo que le iba a hacer la vida imposible e, incluso, que la iba a matar", indica la sentencia.

El magistrado le prohíbe también a Juan Manuel D.P. aproximarse a menos de 500 metros a su expareja y comunicarse con ella por cualquier medio durante el plazo de dos años y le priva del derecho a tener armas por un periodo de ocho meses y dos días.

Después de dictarse la sentencia de conformidad, el abogado del condenado ha solicitado la suspensión de la pena de prisión, petición que le ha sido denegada por el juez "a tenor de la extensa y prolija lista de antecedentes penales del acusado que evidencia su falta de actitud para vivir de acuerdo con las normas sociales de conducta, tal y como sostiene el Ministerio Fiscal en su escrito de calificación".

Entre sus causas, no canceladas, se encuentran dos delitos de agresión sexual, otro de violencia de género y doméstica, así como un quebrantamiento de condena y una detención ilegal, entre otros.

Entiende el magistrado en su auto que existe notable riesgo de reincidencia, teniendo en cuenta que los hechos se han producido "hallándose Juan Miguel D.P. en situación de libertad condicional (después de haber estado doce años en prisión y pendiente todavía de cumplir seis más por un delito de agresión sexual)".

Por esta razón, el juez ha estimado que el acusado no es merecedor del beneficio de suspensión de la pena de cárcel. Las partes han manifestado su decisión de no recurrir la sentencia por lo que se ha declarado firme.

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