Junta "cumple con la legalidad" en la cantera e insta al Ayuntamiento a tomar "las medidas que le correspondan"

  • La Junta de Andalucía ha asegurado que cumple "estrictamente con la legalidad en el ámbito de sus competencias" con respecto a la cantera situada en el paraje de La Quebrada de Fuente de la Peña, a las afueras de Jaén, al tiempo que ha instado al Ayuntamiento, como propietario de los terrenos, a determinar "las medidas que le correspondan y también como administración competente que otorga las licencias de actividad".

Así lo ha indicado este martes en un comunicado después de que el alcalde de la capital, Javier Márquez (PP), haya remitido una carta a la delegada del Gobierno andaluz, Ana Cobo, pidiendo el cierre de esta explotación.

El Ejecutivo autonómico ha recalcado que "está cumpliendo estrictamente con la legalidad en el ámbito de sus competencias" en cuanto a la cantera y, en este sentido, "ya se ha abierto un expediente para determinar la pertinencia de seguir o no con la actividad extractiva en ella".

"No obstante, instamos al Ayuntamiento, como propietario de los terrenos donde se ubica la explotación, a que acuerde las medidas que le correspondan y también como Administración competente que otorga las licencias de actividad", ha añadido.

Por otro lado, ha recordado que la primera prórroga de la concesión otorgada por la Dirección General de Minas del Ministerio de Industria en el año 1981 "fue solicitada por la empresa en tiempo y forma el 5 de diciembre de 2008". Dicha prórroga fue otorgada por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta mediante resolución de 25 de junio de 2012, fundamentada en el artículo 81 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, "ajustándose por lo tanto a la legalidad vigente".

Ha informado, igualmente, de que la normativa reguladora de las concesiones mineras de la Ley de Minas no establece en ningún supuesto la necesidad de disponer o no de un contrato de arrendamiento o cualquier otra forma de disponibilidad de los terrenos donde se lleve a cabo la explotación.

La Junta ha señalado, además, que "el otorgamiento de la concesión en el año 1981 y la prórroga del año 2012 debe entenderse sin perjuicio de los derechos del titular de los terrenos (o de otros terceros) y no excluye la necesidad de otras autorizaciones municipales".

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