El Congreso acuerda ayudas fiscales de hasta tres millones para cine y series españoles

  • La Comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados ha acordado modificar el Impuesto de Sociedades para productores de cine y series.
  • El texto, iniciativa de Ciudadanos, explica que el productor tendrá derecho a una deducción del 25 por ciento.
  • Las producciones realizadas en el extranjero también tendrán deducción fiscal.
Fotograma de la película 'Ocho apellidos vascos'.
Fotograma de la película 'Ocho apellidos vascos'.
Telecinco Cinema
Fotograma de la película 'Ocho apellidos vascos'.

La Comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados ha acordado por unanimidad incluir en el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2017 una disposición por la que se modifica el Impuesto de Sociedades con el fin de conceder a productores de cine y series españoles ayudas fiscales de hasta tres millones de euros.

El texto votado, una iniciativa de Ciudadanos, plantea que aquellas producciones de largometrajes cinematográficos y series audiovisuales de ficción, animación o documental, que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada, darán derecho a su productor a una deducción del 25 por ciento con respecto del primer millón de base de la deducción, o del 20 por ciento sobre el exceso de dicho importe.

En cuanto a la base de la deducción, pide que esté constituida por el coste total de la producción, así como por los gastos para la obtención de copias y los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor hasta el límite, para ambos, del 40 por ciento del coste de producción.

Igualmente, señala que, al menos, el 50 por ciento de la base de la deducción deberá corresponderse con gastos realizados en territorio español. Eso sí, la enmienda remarca que el importe de esta deducción no podrá ser superior a los tres millones de euros.

También en producciones extranjeras

El texto registrado también propone que el importe de la deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá superar ordinariamente el 50 por ciento del coste de producción, excepto que se trate de una producción transfronteriza financiada por más de un Estado miembro de la Unión Europea y en la que participen productores de más de un país de la UE, en cuyo caso no podrán superar el 60 por ciento del coste de producción.

Además, sugiere que, los productores incluidos en el Registro de Empresas Cinematográficas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada, tengan una deducción del 20 por ciento de los gastos realizados en territorio español siempre que los gastos realizados sean, al menos, de un millón de euros.

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