Educación amplía el plazo para acreditar que se está en disposición de obtener el Máster de Formación Pedagógica

  • Teniendo en cuenta a quienes están cursando el Máster de Formación Pedagógica y Didáctica este curso, el departamento de Educación del Gobierno de Navarra ha habilitado una vía para que estas personas acrediten que están en condiciones de obtener dicha titulación antes del inicio del curso 2017-2018. De esta manera ha ampliado el plazo para acreditar que se está en disposición de obtener el Máster de Formación Pedagógica hasta el 7 de junio.

Con esta medida se pretende "no excluir a estas personas, que sabiendo que para el próximo curso el departamento iba a exigir dicha titulación han hecho el esfuerzo de obtenerlo", ha explicado en una nota el Ejecutivo foral.

Los interesados deberán además presentar en el Servicio de Recursos Humanos antes del 23 de agosto copia compulsada del título oficial de Master Universitario o certificación que acredite el abono de los derechos para la expedición del título.

Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1834/2008 existe la obligación legal de poseer la formación pedagógica y didáctica para impartir docencia en Secundaria, por lo que el departamento de Educación regularizó esa exigencia con la orden foral 55/2016, de 29 de abril. El artículo 10 de la orden foral regula los requisitos de acceso a las listas de aspirantes a la contratación temporal y, establece como norma general que "aquellos aspirantes que figuren incluidos en una lista de contratación y dejen de reunir alguno de los requisitos exigidos para formar parte de la misma, deberán poner en conocimiento de la Administración dicha circunstancia; en todo caso, los aspirantes serán excluidos automáticamente de la relación correspondiente y, en su caso, de todas las listas de aspirantes a la contratación temporal en las que figuren, cuando no reúnan los requisitos exigidos para figurar en las mismas".

En ese sentido, y sobre la formación Pedagógica y Didáctica, el apartado 2.2. del mismo artículo establece que "para formar parte de las relaciones de aspirantes a la contratación temporal de las especialidades correspondientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional deberán estar en posesión de la Formación Pedagógica y Didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación".

Por tanto, la orden foral de 2016 "viene a poner orden a una situación irregular en la contratación del profesorado interino en Navarra". A su vez, y de cara al concurso público de plazas de profesorado interino para el curso 2017-2018, el departamento está obligado a exigir a los aspirantes la acreditación de dicha titulación, y lo ha hace a través de la resolución 1081/2017 del 12 abril; resolución que ahora abre la vía también a los profesionales que estén cursando el máster durante este curso, con intención de poder aspirar a la contratación para el próximo curso.

El resto de aspirantes que no tengan el máster en fecha no podrán formar parte del profesorado, porque sería incumplimiento de ley.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento