Condenado a 36 años y diez meses de cárcel por matar a su esposa y al jefe de ella

  • El hombre, de 52 años, mató a su esposa en un cortijo en el que ella cuidaba de su madre enferma y de su hermano.
  • Al jefe le disparó dos veces tras mantener con él "una conversación tranquila".
  • Además, tendrá que indemnizar con 120.000 euros a los hijos que tenía con la víctima y a la familia del asesinado.

La Audiencia Provincial ha condenado a penas que suman 36 años y diez meses de prisión a Diego G.C., el hombre de 52 años que fue declarado culpable de los asesinatos en mayo de 2015 de su esposa y del jefe de ella con una escopeta de caza.

La Sección Segunda impone al procesado 18 años de cárcel por cada uno de los crímenes y fija en diez meses de prisión la pena por el único de los dos delitos de malos tratos que se le atribuían que consideró probado el jurado popular, según han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

El fallo fija la responsabilidad civil en 120.000 euros para cada uno de los dos hijos que el asesino y la víctima tenían en común y en la misma cifra para los dos hijos y la viuda del dueño del semillero en el que ella trabajaba.

Al margen de las penas privativas de libertad, la sentencia ordena el alejamiento de ambas familias, a quienes no podrá acercarse a menos de 500 metros ni mantener comunicación por un periodo de 20 años.

El jurado popular declaró hace dos semanas por unanimidad a Diego G.C. culpable de dar muerte en Almería en mayo de 2015 de manera "intencionada y sorpresiva" con una escopeta de caza a su esposa y al jefe de ella, a quien, además, citó para asesinarle en un "sitio aislado" y a una hora intempestiva.

El veredicto, leído en audiencia pública, señaló que el procesado asesinó a su esposa, con quien tenía "desavenencias", en el interior de la nave del cortijo "aislado" de Sorbas (Almería) donde ella estaba cuidando a su madre enferma de Alzheimer y a un hermano con discapacidad, "sin que tuviera forma de defenderse" y que, tras dispararle primero en un hombro, le dio "un segundo disparo a bocajarro en el oído".

El tribunal de jurado consideró probado, asimismo, por unanimidad, que Diego G.C., autor confeso de ambos crímenes, mató a continuación al jefe su mujer tras mantener una "conversación tranquila" en el semillero de su propiedad en el municipio de Níjar "sin que este tuviese posibilidad de escapar" y "a sabiendas de que no podía esconderse".

"Pese a que el primer disparo fue mortal quiso rematarlo con un segundo disparo en la cabeza a muy corta distancia sin que haya indicios de que mediara discusión ya que un testigo relató que sólo se oyeron dos disparos fríos en la soledad y luego la furgoneta del acusado al escapar", remarcó el jurado popular.

El veredicto desestimó las atenuantes propuestas por la defensa de Diego G.C. y, en concreto, rechazó, de acuerdo a las periciales forenses, que actuase con el "entendimiento afectado" por un trastorno de "celopatía" -él alegó en sala que las víctimas mantenían una relación sentimental-, y que colaborase con la justicia ya que, si bien acudió al cuartel de la Guardia Civil a confesar los hechos, no facilitó el trabajo de los agentes.

"Tampoco consideramos probada la colaboración ya que, si bien confesó, no dio datos suficientes y la Guardia Civil tardó más de media hora en encontrar el cuerpo de su esposa ya que cerró el almacén con llave y los agentes tuvieron que buscar en balsas y en los alrededores hasta encontrarlas dentro de un bolso de la mujer, en el interior de su coche", subrayó el veredicto.

Malos tratos

Por unanimidad estimó también acreditado que durante el Jueves Santo anterior al doble crimen, Diego G.C. maltrató a su esposa en el domicilio familiar ya que así lo declaró en juicio tanto el hijo menor del matrimonio, quien presenció la agresión, como un segundo hijo, que corroboró su relato.

En concreto, según recogió el veredicto, el procesado, "tras una fuerte discusión", dio un "golpe en el cuadro de luces" y, a continuación, "aprovechó la oportunidad golpeándole en la cara sin que se produjese lesión".

La misma unanimidad alcanzó el tribunal para considerar no probado un segundo episodio de malos tratos dos días antes del doble asesinato del que sí acusaban tanto el fiscal como las acusaciones particulares ya que, en este caso, ha concluido que "no hay prueba suficiente ya que los hijos no lo presenciaron".

Relato de los hechos

El acusado "sospechaba que la mujer tenía una relación sentimental con su jefe" y en la mañana del 3 de mayo de 2015 se dirigió, desde su casa de Campohermoso, en Níjar, en busca de su esposa. Lo hizo en su vehículo portando dos escopetas de caza de su propiedad "con el firme propósito de acabar con su vida" ya que sabía que se hallaba "aislada" en casa de su madre, ubicada en el paraje rural del Barranco de los Lobos, en Sorbas (Almería).

Una vez en la vivienda, donde la mujer cuidaba de su madre enferma de Alzheimer y de un hermano también muy enfermo en el cortijo "ubicado en esa zona solitaria", aprovechando que la víctima era "más vulnerable frente a sus intenciones", Diego G.G. "efectuó dos disparos" de modo "sorpresivo" y "sin opción ninguna de defensa" contra la mujer, quien estaba "desarmada" y "sola".

La víctima falleció sobre las 10,45 horas debido al segundo disparo, que efectuó a una corta distancia sobre una zona vital de la víctima cuando esta ya había caído al suelo a consecuencia del primero de los tiros.

El acusado, "siguiendo con su plan", acudió con su vehículo hasta el semillero que el jefe de ella tenía en Níjar y por el que "había estado merodeando varias veces los días anteriores". Una vez allí, según el fiscal, "intencionadamente y de modo igualmente sorpresivo", acabó de dos disparos con el hombre, que estaba "desarmado y en compañía de nadie".

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