Archivado el caso 'Navicoas' ante la ausencia de acusación de Fiscalía y Fundación Caja Segovia

  • Un auto del juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Segovia ha decretado el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias relacionadas con el conocido como caso 'Navicoas'. Una decisión que el juez basa en la ausencia de escritos de acusación tanto de la Fiscalía como de la Fundación Caja Segovia.
Segovia.- Torreón de Lozoya
Segovia.- Torreón de Lozoya
EUROPA PRESS
Segovia.- Torreón de Lozoya

De este modo, el titular del juzgado hace hincapié en que el Ministerio Público ha recomendado el sobreseimiento y que la fundación heredera de Caja Segovia ha comunicado a través de un escrito que "desistía" del ejercicio de la acción penal, con "reserva expresa" de las acciones civiles o mercantiles en relación con estos hechos.

La fundación actuaba como acusación particular, en cuanto perjudicada desde el punto de vista patrimonial por los hechos que han sido objeto de investigación como posibles constitutivos de un delito de administración desleal.

Al desistir de la vía penal y reservarse las acciones civiles o mercantiles, la entidad heredera de la obra social de Caja Segovia cumple el acuerdo alcanzado con Bankia y que permite levantar la hipoteca que pesaba sobre el Torreón de Lozoya, entre otros inmuebles, y que posibilita que la fundación obtenga la propiedad de ese edificio, donde tiene pensado establecer su sede.

El auto al que ha tenido acceso Europa Press está fechado el 14 de julio de 2017 y detalla que el único escrito de acusación presentado ha sido el de Izquierda Unida, en el ejercicio de la acción popular.

La coalición de izquierdas solicitaba la apertura de juicio oral contra Atilano Soto, Manuel Agudíez, Elena García Gil, Fernando Acebes, Juan Ignacio Antón, José Pablo Lozoya, Miguel Ángel de Vicente, José Luis Sanz Merino, Jesús Yubero, Concepción Monte, Alfredo Velasco y Antonio Rodríguez Belloso, como miembros del consejo de administración de Caja Segovia.

A todos ellos les atribuía un delito de administración desleal, con la petición de una pena de ocho años de prisión y una multa de dos años a razón de 50 euros diarios, así como la declaración de Bankia como partícipe a título lucrativo. Igualmente, interesaba la declaración de la responsabilidad civil de forma solidaria de todos los acusados, de Bankia y de la aseguradora Caser.

En el auto, el titular del juzgado fundamenta su decisión en el artículo 782-1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECR) y cita que "si el Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitaren el sobreseimiento de la causa por cualquiera de los motivos que prevén los artículos 641 y 637 de la LECR, lo acordará el juez".

El sobreseimiento libre y archivo de las diligencias se decreta sin perjuicio de las acciones civiles que puedan corresponder, en este caso, a la Fundación Caja Segovia. Además, la decisión se puede impugnar mediante la interposición de recurso de reforma y subsidiario de apelación o a través de un recurso de amparo

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