Anulan multas millonarias a Vodafone y Orange, y podrían hacerlo también con Telefónica

  • Fueron impuestas por la antigua Comisión Nacional de la Competencia.
  • Había sancionado a Telefónica con 46 millones, a Vodafone con 43 millones y a Orange con casi 30 millones.
  • Por abusar presuntamente de su posición de dominio en los mercados mayoristas de terminación de mensajes cortos.
  • La Audiencia Nacional considera ahora que los argumentos esgrimidos para imponerlas "no son consistentes"
Un hombre con su teléfono móvil.
Un hombre con su teléfono móvil.
GTRES
Un hombre con su teléfono móvil.

La Audiencia Nacional (AN) ha anulado las multas de 43,52 millones de euros y de 29,9 millones impuestas por la antigua Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a Vodafone y Orange, respectivamente, por abuso de posición de dominio en el mercado mayorista de los SMS, un caso en el que también se sancionó a Telefónica (46,49 millones), que también recurrió pero que aún no ha recibido notificación al respecto. En total, las sanciones a las tres empresas suman 119,9 millones de euros.

La CNC, antecesora de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), sancionó a las tres compañías por abusar presuntamente de su posición de dominio individual en los mercados mayoristas de terminación de mensajes cortos en telefonía móvil, SMS y MMS.

La resolución de Competencia consideraba que existía un mercado diferente por cada una de las redes de cada operadora y que estas posiciones de dominio individuales se habrían visto reforzadas por una posición de dominio colectiva por parte de los tres operadores sancionados en el mercado nacional de acceso y origen de mensajes SSM y MMS.

"No son consistentes"

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la Audiencia Nacional ha estimado en respuesta al recurso presentado por Vodafone que los razonamientos de la CNC para justificar la existencia de una posición de dominio individual de cada una de las tres compañías sancionadas en sus redes en relación con el mercado mayorista de terminación de mensajes cortos "no son consistentes".

Por ello, el tribunal estima el recurso de Vodafone sin necesidad de examinar, entre otros aspectos, la existencia de un eventual abuso de dicha posición de dominio por fijación de precios excesivos.

Tampoco ha estimado "procedente" el examen de la denunciada posición de dominio colectiva de las tres compañías, por entender que no se calificó como una infracción en sí misma, sino como un refuerzo de la posición de dominio individual de cada operador.

Fuentes de Orange han confirmado a Efe que la Audiencia Nacional también ha anulado la sanción que le impuso la CNC en el caso de los SMS por indebida definición de los mercados.

Telefónica, pendiente

Fuentes de Telefónica, por su parte, han dicho que hasta el momento no han recibido notificación de la sentencia.

Sin embargo, es previsible que la Audiencia Nacional pueda anular también su sanción ya que los argumentos tenidos en cuenta en el fallo de Vodafone y Orange podrían aplicarse también a este caso, según fuentes conocedoras.

De acuerdo con la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la conducta infractora en el caso de Vodafone y Telefónica se inicia en 2000 y en el caso de Orange en 2004, mientras que el final de esta práctica, que fue en 2009, es común para las tres operadoras.

Tanto en el fallo de Vodafone como en el de Orange, el tribunal impone el pago de las costas a la Administración demandada.

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