El Ayuntamiento de Santiago da 15 días a los Franco para devolver las estatuas del Maestro Mateo antes de ir al juzgado

  • El Ayuntamiento de Santiago ha enviado este jueves un requerimiento a la familia Franco en el que le da un plazo de 15 días para devolver al patrimonio municipal las dos figuras del Maestro Mateo que formaban parte de la fachada que cubría el Pórtico de la Gloria de la Catedral compostelana y que están en manos de la familia del dictador.
Copia del expediente de propiedad de las esculturas del Mestre Mateo
Copia del expediente de propiedad de las esculturas del Mestre Mateo
EUROPA PRESS
Copia del expediente de propiedad de las esculturas del Mestre Mateo

Según han confirmado a Europa Press fuentes municipales, en el requerimiento se especifica que, en caso de no obtener respuesta en el plazo de los próximos 15 días, la corporación "ejercerá las acciones legales procedentes" para recuperar estas dos figuras.

Las dos esculturas románicas, imágenes de Abraham e Isaac del taller del Maestro Mateo, formaban parte de la fachada que cubría el Pórtico de la Gloria, de donde fueron retiradas en el siglo XVI y vendidas posteriormente al ayuntamiento compostelano por el Conde de Ximonde. Actualmente forman parte de una exposición dedicada a la obra del Maestro Mateo, aunque figuran como propiedad de la familia Franco.

EXPEDIENTE DE ADQUISICIÓN

Tras tener conocimiento de este hecho, el Ayuntamiento de Santiago recuperó del archivo de la Universidad de Santiago el expediente de adquisición que demuestra su titularidad sobre las dos esculturas románicas. En la propia escritura notarial se especifica la necesidad de "evitar que desaparezcan del ayuntamiento" y se preserve su propiedad "pública, de los vecinos de Santiago".

La escritura confirma que las piezas fueron adquiridas en 1948 por el Gobierno local e incluye una cláusula en la que el vendedor condiciona su adquisición a que las estatuas "permanezcan indefinidamente en patrimonio del excelentísimo Ayuntamiento de Santiago de Compostela", estableciendo una indemnización en caso de enajenación, donación o cesión de depósito.

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