El Supremo ratifica la condena a año y medio de cárcel para la exalcaldesa de Melide por prevaricación administrativa

  • A CORUÑA, 17 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año y seis meses de prisión, además de tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, a la exalcaldesa de Melide, María Socorro Cea Vázquez (BNG).

Lo hace por los delitos de prevaricación administrativa, con la atenuante de dilaciones indebidas, y falsedad en documento oficial en relación con la adjudicación de una depuradora en el parque Municipal de La Magdalena de esa localidad.

Según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el arquitecto municipal cuando ocurrieron los hechos, en 2009, también ha visto confirmada la condena impuesta por la Audiencia de A Coruña de un año y seis meses de prisión por este último delito.

La condena se produjo en relación a un convenio firmado con la Consellería de Industria por el que subvencionaba parcialmente el importe de la construcción de una planta depuradora de aguas residuales en el parque empresarial de La Magdalena, en la localidad de Melide. El convenio estableció un plazo de vigencia que finalizaba el 29 de noviembre de 2009.

HECHOS PROBADOS

La sentencia explica que el día 12 de diciembre de 2009 el entonces arquitecto municipal, Ricardo Aneiros Rodríguez, "como director de obra y con absoluto conocimiento de que no se había iniciado la misma, emitió una certificación en la que afirmaba que, en el periodo comprendido entre el 12 de diciembre 2009 y el 28 de ese mes

se habían ejecutado obras por valor de 437.354,41

euros".

Añade que la certificación fue firmada, el 28 de diciembre de 2009 por María Socorro Cea Vázquez, por Ricardo Aneiros Rodríguez, así como un representante de la empresa adjudicataria de la obra.

"Especificándose que lo hicieron con plena conciencia de que la certificación no se ajustaba al grado de construcción de la infraestructura, pretendiendo incorporar la certificación al expediente administrativo y evitar, de este modo, que se perdiera la aportación económica que había comprometido la Consellería de Industria", añade.

Asimismo, concluye que los hechos probados reflejan el conocimiento que tuvieron los acusados de que "la certificación no se ajustaba a la realidad material de las obras y de que transformaba completamente el escenario de unas obras que no se habían comenzado".

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