Absuelto de homicidio el hombre declarado culpable de matar a su mujer al arrojarla por una ventana

  • El jurado le ha absuelto del delito de homicidio, pero tendrá que pasar 14 años en un psiquiátrico.
  • Deberá indemnizar al hijo de la mujer con 90.000 euros, así como al dueño del piso por la reparación de la ventana.
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La Sección Quinta da Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto del delito de homicidio al hombre declarado culpable de matar de su mujer al arrojarla por una ventana de su vivienda en Vigo, a finales de octubre de 2015. Le han aplicado la eximente completa de alteración psíquica, por la que acuerda su internamiento por un periodo máximo de 14 años.

El pasado 10 de noviembre, por unanimidad, los miembros del jurado popular le declararon culpable de matar a su mujer. Si bien consideraron probado que en ese momento estaba afectado por un trastorno de ideación delirante de daño/perjuicio de tipo persecutorio centrado en su mujer (creía lo envenenaba), por lo que entendieron que concurre la eximente de enajenación mental.

El presidente del Tribunal apunta en la sentencia que el jurado "ha cumplido el mandato" de la ley, al exigir  una precisa explicación de las razones por las que ha admitido o rechazado declarar determinados hechos como probados. Explica pues que el veredicto se respalda en "una valoración de prueba sucinta pero suficiente fundada en los elementos probatorios practicados en juicio".

De este modo, a partir de la resolución del jurado, ha decretado el internamiento del hombre durante un periodo máximo de 14 años, sin que pueda salir del centro psiquiátrico sin autorización de la autoridad judicial competente. Además, le condena a indemnizar al hijo de la mujer con 90.000 euros y al dueño del apartamento en 114,95 euros por la reparación de la ventana.

Pese a que la Fiscalía y las acusaciones pidieron su internamiento durante hasta 15 años, el juez ha acordado que sean un máximo de 14 al atender "a la naturaleza del hecho (arrojar a su mujer por la ventana después de haberla agredido), la diferencia de edad, complexión y fuerza entre ambos. Pero también a que su actuación estaba movida por su deseo de acabar con la causa de su ansiedad".

Hechos probados

Los hechos ocurrieron sobre las 4,00 horas del 29 de octubre de 2015, cuando se produjo un altercado entre el acusado y la víctima en un el lavadero de la vivienda hasta que logró tirarla al patio interior, "siendo consciente de que podía causarle la muerte". Al caer, la mujer sufrió importantes heridas por las que falleció poco después.

No obstante, al tiempo de producirse los hechos, y ya desde unos meses antes, el hombre estaba afectado por una ideación delirante de daño/perjuicio de tipo persecutorio centrado en su mujer, de la que estaba convencido que le estaba envenenando para matarlo para quedarse con su dinero, lo que anuló sus facultades cognitivas y volitivas.

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