El exconseller Blasco sigue investigado por presunto amaño de contratos informáticos al rechazar la Audiencia su recurso

  • La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado los recursos presentados por el exconseller de Inmigración y Solidaridad, Rafael Blasco, y el que fuera jefe de área de Solidaridad, Marc Llinares, con lo que confirma la decisión de la jueza de Instrucción 21 de investigarles en la pieza quinta del 'caso Cooperación', relacionada con presuntas irregularidades en la contratación por parte de este departametno de los servicios informáticos de los años 2008, 2009, 2010 y 2011.
Rafael Blasco
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EUROPA PRESS
Rafael Blasco

En la causa, abierta por los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, se investiga el presunto amaño de contratos para que esos servicios, adjudicados a Fujitsu y a otras dos empresas, terminaran siendo subcontratados a las sociedades de Augusto Tauroni, empresario que se encuentra en prisión, junto al exconseller Blasco, tras ser condenado por el desvío de las ayudas destinadas a la Cooperación y Desarrollo en la primera de las piezas por este caso, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Además de Blasco y Llinares, en esta pieza separada figuran como investigados la exsecretaria de la Conselleria, Tina Sanjuan, el empresario Augusto Tauroni y otras tres personas: el jefe de área de informática, un comercial de Fujitsu y un empleado de Tauroni.

Según consta en la causa, al menos siete contratos por un importe total de más de un millón de euros habrían sido amañados vulnerando los principios de transparencia y libre concurrencia en la contratación pública. Los contratos fueron adjudicados a tres empresas (Fujitsu España Service, Comteldat e Ibermática) que hacían las veces de intermediarias y que luego subcontrataban con las empresas Dinamiz-e y S&C Vision y Análisis, al frente de las cuales estaba Tauroni o alguno de sus considerados testaferros.

El exconseller cuestionó en su recurso las circunstancias que permitieron obtener la información para investigarle en esta pieza. Sin embargo, la sala rechaza que la investigación se produjera "de espaldas" a Blasco. Al respecto, señala que en un auto de 26 de julio de 2017 la jueza de Instrucción expuso en "términos razonables" cómo la documentación incautada en los registros domiciliarios realizados en la investigación sobre las subvenciones de la Conselleria a la cooperación al desarrollo para el Tercer Mundo, reveló datos relativos a hechos distintos a los investigados.

"Los documentos y correos incautados y que contenían dicha información era, a criterio de la instructora, reveladora de irregularidades que podían explicarse conforme a una dinámica delictiva, pero siendo necesario para soportar una imputación delictiva, efectuar comprobaciones previas, que es lo que se hizo en el seno de aquellas diligencias", añade-

A juicio de las ala, podrá cuestionarse si debieron practicarse esas diligencias en ese procedimiento o en otro, pero no que esa investigación se produjera "de espaldas" al exconseller, que estaba personado, intervino en los interrogatorios que la juez le formuló y no puede, por tanto, alegar indefensión.

En similares términos se pronuncia sobre el origen de la imputación dirigida contra Llinares y la información intervenida con motivo de una autorización judicial y considera que no está acreditado que esa incautación de documentos constituyera un "exceso policial o judicial" ni un acceso "inconsentido" a los ordenadores

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