Los ciegos y los sordos podrán casarse sin autorización médica

  • Esta es la obligatoriedad que aparece en una ley que modificaba el Código Civil y que se publicó en el BOE en julio del 2015.
  • Ahora, tras las quejas de las asociaciones de personas con discapacidades auditivas y visuales, el Ministerio de Justicia ha rectificado y lo ha desmentido.
  • La nueva modificación entrará en vigor el 30 de junio de 2017.
Personas invidentes y con discapacidad visual.
Personas invidentes y con discapacidad visual.
ONCE
Personas invidentes y con discapacidad visual.

"Si alguno de los contrayentes (de matrimonio) estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el Secretario judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento". Esta es la obligatoriedad que aparece en una ley que modificaba el Código Civil y que se publicó en el BOE en julio del 2015.

Esta es la frase que ha sublevado a las asociaciones de personas con discapacidades auditivas y visuales y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) reclamó al Parlamento que modificara el polémico artículo y propuso un texto alternativo que no discriminara a los ciudadanos que sufren discapacidad.

Las quejas han surtido su efecto y la cuestión está en vías de solucionarse. El titular de la cartera de Justicia, Rafael Catalá, ha anunciado que emitirá una instrucción que aclare que la modificación del Código Civil no comportará que las personas con discapacidad visual o auditiva tengan que presentar un certificado médico para casarse. Así, este cambio entrará en vigor el próximo año, concretamente el 30 de junio.

"Existe acuerdo político para cambiar el artículo y, mientras, también hay respaldo de la Dirección General de Registro y Notariado del Ministerio de Justicia para que la resolución impida su aplicación a personas con discapacidad sensorial (personas ciegas, sordas, sordociegas...)", explica en un comunicado la ONCE.

Esta resolución vincularía a los encargados del Registro Civil y demás funcionarios con atribuciones para autorizar o formalizar matrimonio y sería transitoria hasta que se modifique la Ley de la Jurisdicción Voluntaria.

"Un error" en el redactado del artículo

Varios representantes de los colectivos afectados han atribuido a "un error" en el redactado del artículo que hace referencia al matrimonio de personas con discapacidad. En concreto, han explicado que se copió y pegó de una ley preconstitucional y no se pudieron percatar antes de que se aprobara porque se incluyó una enmienda en el Senado "que no se pudo conocer", según la Confederación Española de Familias de Personas Sordas (Fiapas).

El fallo fue detectado hace 10 meses, coincidiendo con el período postelectoral en el que ningún partido conseguía un acuerdo para formar gobierno, lo que dilató su enmienda y ha sido aprovechado por las asociaciones para exponer otras reivindicaciones como el derecho a voto para las personas con discapacidad psíquica.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento