La reforma del impuesto de plusvalía esperará a la sentencia definitiva del Constitucional

  • El Constitucional sentenció en febrero que varios artículos de la plusvalía municipal de Guipúzcoa eran inconstitucionales.
  • En una respuesta parlamentaria, el Ejecutivo defiende que el TC aún no se ha pronunciado sobre la norma estatal.
Fachada del Tribunal Constitucional.
Fachada del Tribunal Constitucional.
EFE/Juan Carlos Hidalgo
Fachada del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional (TC) sentenció el pasado 16 de febrero que varios artículos de la Norma Foral de Guipúzcoa del impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como plusvalía municipal, son inconstitucionales. Esa sentencia puede tener consecuencias más allá de esa provincia vasca. Se calcula que la devolución de este impuesto se podría reclamar en unos 550.000 inmuebles en toda España.

La plusvalía municipal grava el incremento del valor del terreno generado en el momento de la transmisión de un inmueble, hasta un periodo máximo de tenencia de 20 años. El Alto Tribunal respaldó que no puede exigirse al vendedor de, por ejemplo, una vivienda el pago de un impuesto que grava un incremento del valor que, en realidad, no se ha producido, ya que también se paga cuando el inmueble se ha vendido con pérdidas.

Pero el pronunciamiento no es definitivo. De hecho, el Gobierno va a esperar a que el TC se pronuncie otra vez para definir una reforma del IIVTNU que, en todo caso, ya ha anunciado que hará. En una respuesta parlamentaria a los diputados socialistas Antonio Hurtado y Mar Rominguera, el Ejecutivo puntualiza que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado al respecto de esta tasa Guipúzcoa y Álava, regulado a través de sendas normas forales.

"El TC aún no se ha pronunciado sobre la norma estatal. Habrá que esperar al contenido de la sentencia que en su caso se dicte", apunta el Ejecutivo en su respuesta a los diputados del PSOE, que habían cuestionado por las modificaciones que tenía previsto promover para cumplir con las sentencias del Constitucional.

Este impuesto grava el incremento de valor que experimentan los terrenos urbanos manifestados en una transmisión de su propiedad "o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce limitativo del dominio sobre los mismos", señala el Gobierno. El Ejecutivo insiste en que el TC no cuestionó ni el propio impuesto ni el método de estimación objetivo en que se basa, sino sólo el hecho de que se grave situaciones en las que no se ha producido una plusvalía, sin permitir al contribuyente demostrarlo.

Tras conocer la sentencia, el ministerio de Hacienda ya mostró su disposición a modificar este tributo para los casos expuestos por el Constitucional, y encargó a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) un informe que sirviera de base para la reforma del mismo. El propio secretario de Estado de Hacienda, José Enrique Fernández de Moya, señaló que la intención del Gobierno era reformarlo, pero haciéndolo "de la mano de la FEMP, de manera consensuada y dialogada". "No vamos a asumir competencias que no son nuestras", dijo, tras comparecer en el Congreso para explicar el proyecto de Presupuestos de 2017 el pasado mes de abril.

La modificación del impuesto de la plusvalía es también un mandato parlamentario, pues la Comisión de Hacienda y Función Pública ya aprobó una proposición no de ley el pasado mes de marzo en la que instaba al Gobierno a reformarlo y devolver las cuantías cobradas indebidamente durante los últimos cuatro años. La iniciativa, propuesta por Ciudadanos, contó además con el respaldo del PSOE, Unidos Podemos, Esquerra Republicana, el PDeCAT y Compromís, mientras que el PNV decidió abstenerse. El Partido Popular votó en contra.

Es "exagerada" la devolución de todo a todos

El magistrado-juez de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, Carlos Coello, que planteó la cuestión de constitucionalidad sobre el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, ve "exagerado" que se vaya a poder devolver "inmediatamente" las cantidades indebidamente abonadas por ese gravamen.

Coello ha indicado que los titulares periodísticos en los que se hablaba de que se procedería a devolver la plusvalía inmediatamente tras la sentencia constituyó una noticia "algo exagerada", ya que la devolución conlleva problemas procesales y relativos al cálculo mediante el sistema de estimación objetiva, entre otros.

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