Admitida la demanda de una horchatera valenciana contra Facebook por cerrarle la cuenta

  • La empresa denuncia que la red social clausuró su cuenta sin explicación.
  • Alega que ello le produjo pérdidas económicas y en su reputación.
  • Facebook considera que no es jurisdicción de la justicia española, pero un juzgado de la localidad valenciana de Moncada se ha declarado competente.
Logo de la red social Facebook.
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Un juzgado de Moncada (Valencia) ha admitido a trámite la demanda de una empresa de horchata valenciana contra Facebook por haberle cerrado sin explicación la cuenta que durante siete años tuvo en esa red social, lo que le produjo un quebranto económico ya que en el buscador su nombre aparecía como "cerrado permanente".

Según el auto difundido por la empresa demandante, Món Orxata, el juzgado de primera instancia de Moncada ha desestimado la petición de falta de jurisdicción del tribunal, por lo que se declara competente en detrimento de los estadounidenses como solicitaba la parte demandada.

Món Orxata, empresa radicada en Alboraya (Valencia) y dedicada a la fabricación y venta de horchata, sufrió el cierre de su cuenta en Facebook hace más de un año, sin ningún tipo de aviso previo.

Según fuentes de la empresa, esta decisión le supuso un grave quebranto en su reputación y política comercial, dado que la red social Facebook era su vía principal de comunicación con el público.

Borrada la "historia" o "identidad digital" de Món Orxata, apareció en el buscador de Facebook un cartel junto a un mapa con la ubicación de la empresa que decía: "Cerrado permanente".

Sin respuesta

Pese a los correos y requerimientos enviados a la red social, no se obtuvo respuesta concreta alguna ni la reactivación de la cuenta, según un portavoz de la empresa.

Todavía hoy Món Orxata desconoce las razones del cierre de su cuenta tras siete años de actividad en la misma, ya que Facebook no ha contestado a ninguno de los correos electrónicos que durante meses se le han dirigido siguiendo el protocolo establecido para estos casos.

Presentada una demanda en los juzgados de Moncada (Valencia), los representantes de Facebook Ireland y Facebook Spain plantearon la incompetencia de la justicia española para juzgar este litigio y argumentaron que el procedimiento debía ventilarse en California, EE UU, de acuerdo con la cláusula de jurisdicción que impone Facebook en sus contratos.

Según la defensa de Món Orxata, una vez sustanciados los recursos de Facebook Spain, el procedimiento seguirá adelante para dilucidar, entre otras cuestiones, si la cláusula de jurisdicción debe considerarse nula y si este tipo de prácticas son atentatorias contra el honor y la imagen de las empresas vinculadas a su identidad digital.

En los razonamientos jurídicos, el magistrado-juez considera que la cláusula de someterse a la jurisdicción de los Estados Unidos es "impuesta por la parte predominante" y "dificulta o limita de forma significativa el derecho a la tutela judicial efectiva de los usuarios, sean personas física o profesionales que puedan verse perjudicadas en su imagen pública y prestigio comercial por las decisiones que puede adoptar" la demandada.

En consecuencia, el magistrado cuestiona "la validez de la cláusula de sumisión que, como afirma el ministerio fiscal, podría ser nula conforme a la legislación española" y desestima la petición de falta de jurisdicción planteada por los representantes de Facebook.

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