El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso de Podemos contra la ley de Justicia Gratuita

  • La modificación de esta ley, impulsada por PP, PSOE y C's, garantiza que los abogados de turno de oficio estén exentos de pagar IVA.
  • Se trasladará la demanda al Congreso, al Senado y al Gobierno.
La sede del Tribunal Constitucional.
La sede del Tribunal Constitucional.
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La sede del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de Unidos Podemos contra la modificación de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita impulsada por PP, PSOE y Ciudadanos que, entre otras cosas, garantiza que los abogados y procuradores del turno de oficio estén exentos del pago del IVA.

La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del citado asunto. El Tribunal dará traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, para que hagan alegaciones.

Unidos Podemos presentó el recurso el pasado mes de septiembre con el apoyo de las asociaciones profesionales Altodo, Aproed, ALA, Eureka, Confederación Española de Abogados Jóvenes, Apaem y AJA, que entienden que la reforma vulnera seis artículos de la Carta Magna.

Las Cortes aprobaron el pasado junio la reforma para poner fin a la incertidumbre generada meses antes por la decisión de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda de descontar el 21 por ciento de IVA a los abogados y procuradores que prestan el servicio público a los beneficiarios de justicia gratuita, en aplicación de una sentencia del Tribunal de la UE.

Tan solo Podemos votó en contra de la reforma al criticar su "ambigüedad" ya que, al margen de la exención del IVA, establece que el turno de oficio será "obligatorio", sin aclarar, según ellos, si se impone a los Colegios o a los profesionales.

Podemos y el resto de entidades consideran que la reforma vulnera los artículos 10, 14, 24, 35, 37 y 38 de la Constitución, en tanto en cuanto "vulnera el derecho a elegir libremente la profesión de la abogacía, el derecho a la negociación colectiva de las condiciones en que se coopera en la prestación de un servicio público impuesto unilateralmente y el derecho a la libertad de empresa".

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