La justicia avala que un padre pueda revisar los mensajes de WhatsApp de su hija menor

Pantalla de un móvil con la aplicación de WhatsApp.
Pantalla de un móvil con la aplicación de WhatsApp.
WHATSAPP
Pantalla de un móvil con la aplicación de WhatsApp.

La Audiencia de Pontevedra ha desestimado el recurso de apelación de una mujer que había denunciado al padre de sus hijos, con quien comparte la patria potestad, por leer los mensajes de WhastsApp de una de sus hijas, de 9 años, y haberlo intentado con el mayor, también menor de edad.

La mujer le denunció al entender que había cometido un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Los hechos se remontan al mes de junio, cuando la mujer presentó una denuncia contra el padre de sus hijos después de que los pequeños le contaran cómo el padre les había llevado a una habitación, cuando estaba con ellos, para repasar las conversaciones de WhatsApp desde el móvil de la menor de 9 años.

De acuerdocon su relato, el progenitor también intentó hacer lo mismo con el chico, que se negó a revelar cuál era el pin que desbloqueaba el terminal. Ya en el mes de junio un juzgado de primera instancia rechazó que el padre hubiera cometido una infracción penal. La madre recurrió en segunda instancia al no quedar satisfecha con la decisión judicial y fue así como llegó a manos de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que puso punto final a la guerra familiar.

En este sentido,el Ministerio fiscal sostiene en el auto de dos páginas, contra el que no cabe recurso alguno, que los hechos «no constituyen el delito» denunciado. En concreto, explica que el hombre «comparte con la denunciante la patria potestad de sus hijos menores y, por tanto, tiene la obligación de velar por ellos, educarlos y procuarles una formación integral».

Para los magistrados encargados del caso, el padre no se apoderó «sin consentimiento» de las conversaciones de WhatsApp de la niña puesto que las «repasó con ella». Además, concluye que «tampoco (puede decirse) que las mismas merecieran la calificación de dato reservado, como datos atinentes (tocantes) a la intimidad desconocida u oculta de la menor y que esta no quisiera que el padre conociera y, menos aun, que el denunciado buscara descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de la menor». La Audiencia condena a la madre al pago de costas del juicio.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento