Un juzgado señala un "defecto de forma" en la privatización de los parques comarcales de bomberos en Ourense

  • OURENSE, 4 (EUROPA PRESS)
Rueda de prensa de la CIG sobre sentencia de parques comarcales de bomberos
Rueda de prensa de la CIG sobre sentencia de parques comarcales de bomberos
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Rueda de prensa de la CIG sobre sentencia de parques comarcales de bomberos

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense ha confirmado la existencia de "un vicio o defecto de forma" en el procedimiento de privatización de los cuatro parques comarcales de bomberos de Ourense.

El juez apunta que, en vez de haberse producido una negociación colectiva previa a la concesión, la negociación de las condiciones de los trabajadores se realizaron a través del Consorcio Provincial para el Servicio contra Incendios.

Aunque la sentencia hecha pública por el sindicato este jueves no tumba la concesión de este servicio (adjudicado a la empresa Veicar SL. en septiembre de 2016 por un importe de 17,5 millones de euros) abre la posibilidad de que la CIG pueda presentar una "revisión de oficio" de la resolución de adjudicación del contrato.

El secretario de Organización y Finanzas de la CIG, Anxo García, ha explicado que "antes" de cualquier posible decisión el sindicato va a "ofrecer un acuerdo" a la Diputación de Ourense, responsable del Consorcio Provincial del Servicio contra Incendios, aunque aún no están establecidos los términos de este posible acuerdo.

VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

La sentencia "estima en parte" el recurso presentado por el sindicato contra el acuerdo tomado en el pleno del Consorcio Provincial de Ourense para la prestación del servicio de incendios el 21 de abril de 2016 en el que se aprobó el expediente, los pliegos, cláusulas y la convocatoria de licitación pública para la privatización de este servicio.

Considera que existe "un defecto de forma" porque la concesión se produjo sin que se hubieran constituido mesas negociadoras entre los representantes de los trabajadores y los directivos de los consorcios comarcales que pasaban a ser privatizados (Carballiño, Verín, Valdeorras y Xinzo), ni del consorcio provincial.

Abunda en que se ha vulnerado el artículo 44,9 del Estatuto de los Trabajadores, al impedir que los representantes sindicales pudiesen negociar las condiciones de transferencia de trabajadores a la nueva empresa contratista, así como sus condiciones laborales.

En esta línea la sentencia incide en que fue el Consorcio Provincial (y no la empresa contratista) quien "directamente ha impuesto esas condiciones laborales sin posibilidad de negociación colectiva, previa consulta".

Así, el magistrado estima que "existe una vinculación entre los trabajadores afectados y la Administración consorcial provincial". Para Anxo García esta afirmación supone que los 70 trabajadores afectados por esta privatización "pasan a formar parte 'ipso facto' del Consorcio provincial", no de la empresa adjudicataria.

ABRE POSIBILIDAD DE ANULACIÓN

Además, considera que esta "sentencia complicada" abre varias posibilidades que el sindicato "tendrá que analizar", como la posibilidad de solicitar la revisión de oficio de la nulidad de la adjudicación tras la anulación del procedimiento de contratación. También se estudiará la posibilidad de "presentar una demanda contra el Consorcio por cesión ilegal de trabajadores".

Por último, ha explicado que la sentencia supondrá "la paralización" de todos los procesos de negociación colectiva actualmente abiertos en los cuatro Parques de Bomberos afectados.

La sentencia no es firme, contra ella cabe la posibilidad de interponer un recurso de apelación en el plazo de 15 días ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Ourense, para su remisión al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

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