La Audiencia ratifica la condena a una madre de Vigo que calumnió a la profesora de su hijo

  • La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por una madre de la ciudad, que fue condenada a pagar una multa de 630 euros por calumniar a la profesora de su hijo, y ha ratificado dicha sentencia.

La defensa de la procesada presentó recurso alegando que se había producido error en la apreciación de la prueba, pero la sala ha entendido que no hubo tal error y, además, hace suyos los argumentos del juzgado de lo Penal número 3, que dictó sentencia, y señala que "concurren todos los requisitos del delito" por el que la madre fue condenada.

En la sentencia condenatoria se establecía que la acusada realizó una "falsa imputación de unos hechos delictivos con intención de difamar y de atacar la dignidad personal y profesional" de la profesora de su hijo. Así, la mujer difundió en un grupo de Whatsapp de padres de alumnos que la docente se dedicaba a "zarandear de malas formas" al niño, "tirarle del brazo", e incluso que se comía su merienda, sin que hubiera pruebas de esas actuaciones.

La jueza de la sala Penal también reprochó a la madre que no hubiera rectificado su acción calumniadora ni en el grupo de Whatsapp, ni en el acto de conciliación que promovió la profesora, y advirtió de que sus palabras no se pueden enmarcar en un acto de libertad de expresión o de crítica.

Por ello la condenó al pago de una multa de 630 euros (siete meses, a razón de 3 euros al día) y indemnizar a la profesora en la cantidad simbólica de un euro.

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