¿Cómo reclamar daños cuando tienes un accidente por el mal estado de la carretera?

  • Has de saber primero quién es el propietario de la carretera en la que tuviste el accidente.
  • Tu compañía, si tienes cobertura de daños propios, puede reclamar los daños al propietario de la vía y cubrir tus gastos de reparación.
  • En caso de accidente, es muy importante tener el atestado de la Guardia Civil o la Policía para demostrar lo ocurrido.
  • Calcula el seguro de tu coche con el comparador de 20minutos.es.
La conclusión del estudio “Necesidades de Inversión en Conservación 2015 – 2016” es que el 94% de los problemas de las carreteras se debe al deterioro del pavimento.
La conclusión del estudio “Necesidades de Inversión en Conservación 2015 – 2016” es que el 94% de los problemas de las carreteras se debe al deterioro del pavimento.
ARPEM.COM
La conclusión del estudio “Necesidades de Inversión en Conservación 2015 – 2016” es que el 94% de los problemas de las carreteras se debe al deterioro del pavimento.

La Asociación Española de la Carretera (AEC) califica el estado de las carreteras españolas con un suspenso según indica el estudio "Necesidades de Inversión en Conservación 2015-2016" y que recoge arpem.com.

Según dicho estudio, el 94 % de los problemas de las carreteras se debe al deterioro del pavimento. El otro 6 % corresponde a la falta de la iluminación, al mal estado de las señales viales y a las barreras quitamiedos.

Si has tenido un accidente por alguno de estos motivos y quieres reclamar daños, debes saber quién es el propietario de la carretera. Puede ser del Ministerio de Fomento, de las autonomías, o de concesionarias privadas en el caso de carreteras de peajes.

El proceso de reclamación

En primer lugar tienes que demostrar que tuviste el accidente en la carretera por lo que has de recopilar pruebas. Para ello, debes contar con el atestado que haga la Guardia Civil o la Policía Local. Las fotos que saquen las podrás utilizar para demostrar lo ocurrido al igual que la declaración de los testigos del accidente.

Tras tener las pruebas y conocer quién es el propietario de la vía, debes contar a tu compañía que has tenido el accidente. Si tienes daños propios -incluida en las pólizas a todo riesgo- la aseguradora cubre los costes de reparación y los reclama luego al titular de la vía.

Si no tienes esta cobertura, puedes recurrir a la defensa jurídica de tu seguro que incluyen la mayoría de las compañías aseguradoras. De esta forma, la compañía con la que tienes contratada la póliza podrá reclamar los daños con sus abogados o, si no, puedes pedir que te den entre 600 euros y 3.000 euros para que cubras los gastos de un abogado que tú contrates.

Si tu seguro tampoco te cubre la defensa jurídica puedes contratar un abogado por tu cuenta para que te defienda contra el propietario de la vía.

Recuerda que el artículo 106 de la Constitución Española indica que en el caso de que la vía esté en mal estado puedes reclamar como perjudicado, siempre que no sean casos de fuerza mayor como la caída de un árbol, un terremoto, una tormenta o una gran nevada. Según este artículo, "los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos".

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