Prisión permanente revisable: estos son los nuevos delitos en los que el Gobierno quiere aplicarla

Imagen del exterior de la cárcel de Soto del Real, en Madrid.
Imagen del exterior de la cárcel de Soto del Real, en Madrid.
EUROPA PRESS
Imagen del exterior de la cárcel de Soto del Real, en Madrid.

El Gobierno aprobó este viernes un anteproyecto de ley que propone aplicar la prisión permanente revisable a cinco nuevos tipos delictivos que se sumarían a los ocho existentes en la actualidad. Los nuevos supuestos son los siguientes:

  • Asesinato con obstrucción de la recuperación del cadáver.
  • Asesinato después de secuestro.
  • Violaciones en serie.
  • Violación a un menor tras privarle de libertad o torturarle.
  • Muertes en incendios, estragos en infraestructuras críticas —como puertos, aeropuertos, carreteras, estaciones y trenes— o liberación de energía nuclear o elementos radiactivos con resultado de muerte.

La pena de prisión permanente revisable se introdujo en la legislación española en 2015 y limitó su aplicación a estos ocho supuestos:

  • Asesinato de un menor de 16 años o persona especialmente vulnerable.
  • Asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual.
  • Asesinato cometido por un miembro de una organización criminal.
  • Asesinato múltiple.
  • Asesinato terrorista.
  • Homicidio del jefe del Estado o heredero.
  • Homicidio de jefes de Estado extranjeros.
  • Genocidio o crímenes de lesa humanidad.

Una "demanda social"

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, defendió tras el Consejo de Ministros del viernes que este anteproyecto responde a una "demanda social" sobre una figura penal que cuenta con un apoyo del "entre el 70 y 80 %" de la población, en un momento en que la oposición pretende derogar una medida que existe en toda Europa, y ha descartado que el Ejecutivo esté legislando "en caliente".

"Volver a ser la excepción en Europa no sería una buena noticia", añadió Catalá, para defender que esta herramienta existe en todos los países comunitarios excepto en Croacia y Portugal, mientras que en Italia, Alemania y Francia se aplica de una manera más intensa.

Descartada la rebelión y sedición

Como ejemplo, señaló que en algunos de estos países la rebelión y la sedición están penados con la prisión permanente, pero ha explicado que el Gobierno no ha querido entrar en este asunto para no abrir debates y porque considera que estos delitos están suficientemente penados en nuestro ordenamiento jurídico.

Según el Código Penal actual, el delito de rebelión se castiga con hasta 30 años de cárcel para los casos más graves, mientras que la sedición está penada con entre 10 y 15 años de prisión.

El ministro apeló a la "reflexión" del resto de fuerzas políticas al recordarles que la ciudadanía no elige a sus representantes para que "hagan lo que mejor" les parezca, sino "lo que la mayoría de la sociedad quiere", y eso, precisó, con un apoyo de hasta un 80% a esta pena es un ejemplo de "coherencia lógica".

Al respecto, defendió que la prisión permanente se aplica en "casos extraordinarios muy singulares" y representa "la respuesta más firme del Estado de Derecho para proteger a la sociedad de los delincuentes más graves".

La propuesta del Ejecutivo no solo converge en el tiempo con la iniciativa del PNV para su derogación sino también con el plan de Ciudadanos que se inclina por endurecer el acceso al tercer grado penitenciario mediante una enmienda a la proposición de los nacionalistas vascos.

Y en punto muerto se encuentra el recurso que PSOE, CiU, La Izquierda Plural, UPyD, PNV y Grupo Mixto elevaron al Tribunal Constitucional hace más de dos años al entender que esta figura vulnera cuatro artículos de la Constitución: la prohibición de penas inhumanas, el principio de proporcionalidad, la prolongación de la pena hasta la muerte del reo y la posibilidad de reinserción.

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