Tribunales.- Inadmitido el recurso de Adepa contra la autorización del edificio moderno de la calle Santander

  • El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cinco de Sevilla

ha inadmitido el recurso promovido por la Asociación para la Defensa del Patrimonio de Andalucía (Adepa) contra el acuerdo de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico, perteneciente a la Consejería de Cultura, que autorizó la construcción del edificio de estilo vanguardista de la calle Santander, encuadrado en el plan especial de protección del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla correspondiente al entorno de la Casa de la Moneda.

En su recurso contencioso administrativo, fechado en mayo de 2016 y recogido por Europa Press, Adepa impugnaba "la desestimación por silencio administrativo" de una reclamación formulada por el colectivo en junio de 2015 ante la Consejería de Cultura, solicitando "la nulidad del acuerdo adoptado por la Comisión de Patrimonio por el cual se autoriza la construcción de una nueva edificación en la parcela CH1 de la calle Santander".

Y es que según Adepa, la parcela "forma parte del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla". En concreto, la finca en cuestión se sitúa en el ámbito del plan especial de protección del sector del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla relativo a la Casa de la Moneda, cuyo conjunto arquitectónico está declarado como bien de interés cultural (BIC). El nuevo edificio, de corte moderno, sustituye según Adepa a un inmueble de estilo regionalista y construido en 1914 según el diseño del arquitecto José Espiau Muñoz.

ENTORNO MONUMENTAL

Este entorno urbano, ciertamente, está marcado por el propio recinto monumental de la Casa de la Moneda, con su portada diseño del arquitecto Sebastián Van der Borcht, la integración de la torre almohade de la Plata, su recinto amurallado anexo y su proximidad con la famosa torre del Oro.

La declaración de bien de interés cultural del conjunto arquitectónico de la Casa de la Moneda, según Adepa, "implica la prohibición de toda construcción que altere el carácter de los inmuebles o perturbe su contemplación", que "es lo que sucede con la torre de la Plata, cuya visión queda totalmente afectada por esta edificación".

Adepa avisaba además de que la Comisión provincial de Patrimonio Histórico aprobó el proyecto de obras de este edificio tras un "reformado mínimo" derivado del rechazo "inicial" al proyecto. Según Adepa, los ajustes se redujeron a "eliminar una fachada ciega y sustituirla por vanos verticales". Además, el colectivo avisaba de que el propio plan especial de protección del sector del Conjunto Histórico relativo a la Casa de la Moneda determina "un entorno de protección constituido por aquellas parcelas y espacios que circunden" bienes como los restos de muralla almohade "de hasta 50 metros en suelo urbano y 200 metros en suelo urbanizable y no urbanizable".

LA MURALLA ALMOHADE

A tal efecto, abundaba Adepa que un estudio arqueológico de 2012 detectaba en el proyecto "tres puntos de afección a la muralla almohade", toda vez que "se han realizado obras de perforación justamente en la muralla trasera del edificio, con seguro perjuicio de la muralla".

Adepa, igualmente, recordaba los compromisos adoptados frente al comité de Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Ciencia, la Educación y la Cultura (Unesco), para evitar que los monumentos de Sevilla Patrimonio de la Humanidad fuesen incluidos en la lista de patrimonio mundial en peligro. Y es que tales acuerdos contemplan la cobertura completa de la zona de 'amortiguamiento' de los monumentos con planes especiales de protección y la promoción de medidas de control de cara a las nuevas construcciones susceptibles de impacto en el patrimonio histórico.

A tal efecto, señala Adepa que este nuevo edificio ha sido construido, precisamente, "en un recinto amurallado que es además zona de amortiguamiento del patrimonio declarado". En paralelo, y entre otras cosas, avisa Adepa de que la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, entidad consultiva de Patrimonio del Estado, determina que la construcción infringe la Ley 14/2007 del Patrimonio Histórico de Andalucía, vulnera normativas municipales y "desentona" con su entorno.

Por ello, Adepa solicitaba "dejar sin efecto" el acuerdo de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico que autorizaba la construcción de este edificio, toda vez que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cinco, según las fuentes consultadas por Europa Pres, ha emitido un auto no firme en el que no admite este recurso "por extemporaneidad e inadmisibilidad, dado que lo que se impugnan son actos de trámite no susceptibles de efectos decisorios".

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