Un hombre acepta 10 meses de prisión por suscribir un préstamo en nombre de un amigo invidente y falsificar su firma

  • La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un hombre a 10 meses de prisión y a 540 euros de multa por suscribir un préstamo en nombre de un amigo invidente y falsificar su firma después de que el fiscal y el resto de las partes ratificaran en el juicio un escrito de calificación conjunta de los hechos que presentaron tras alcanzar una conformidad.

La sentencia, hecha pública este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, condena al procesado por un delito de estafa en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil y le obliga a indemnizar a la entidad con la que se suscribió el préstamo con 1.380 euros y a la víctima con 3.610 euros.

El acusado entabló en su día una relación de amistad con la víctima que, por su condición de invidente y por la confianza que les unía, le encomendó diversos quehaceres como acudir a la entidad bancaria a liquidar los cupones que vendía o a recoger los mismos en la entidad para la que trabajaba.

Así, la sentencia indica que, "aprovechándose de la relación de amistad que les unía", el procesado suscribió una solicitud de préstamo" con una financiera "en nombre de su amigo invidente imitando la firma del mismo y rellenando los datos de los que disponía por dicha relación por un importe de línea de crédito de 10.000 euros, habiéndose efectuado diversos reintegros en la cuenta designada en un contrato de una entidad bancaria de la que era titular la víctima.

En este orden de cosas, el acusado, "guiado por un ánimo de obtener un beneficio económico ilícito", efectuó una extracción de 1.380 euros de la cuenta de la víctima, para lo que imitó la firma de su titular.

La entidad con la que se había suscrito la solicitud de préstamo interpuso petición inicial de un procedimiento contra la víctima para reclamarle por la cantidad de 5.031,13 euros ante el impago de los recibos mensuales que debía satisfacer como consecuencia de una línea de crédito, autos que están paralizados por la tramitación de esta causa.

El procesado y la víctima llegaron a un acuerdo por el que el primero indemnizará al segundo con 3.610 euros por los perjuicios ocasionados debido a los hechos.

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