Condenan a Vodafone a devolver el dinero cobrado por desbloquear teléfonos

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EUROPA PRESS
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La Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado la condena a la empresa de telefonía Vodafone a devolver el dinero cobrado por el desbloqueo de terminales móviles con el contrato de permanencia expirado.

La Asociación de usuarios de Bancos, Cajas de Ahorro y Seguros de España (Adicae) estima, a través de un comunicado, que Vodafone cobró indebidamente a más de medio millón de usuarios afectados, en concreto a 519.360, por lo que calcula que tendrá que devolver cuatro millones y medio de euros. "Un auténtico abuso destinado a coartar los derechos de los consumidores y su libertad para cambiar de compañía", valora la asociación.

El Ministerio Fiscal y Adicae promovieron en 2016 una demanda colectiva por el cobro primero de seis euros más IVA y después de ocho euros más IVA (9,68 euros) por la liberación de teléfonos a usuarios que ya habían terminado sus contratos.

La letrada que representa a la compañía telefónica alegó en el juicio que para el desbloqueo existían "una vía gratuita y una vía de pago, que era voluntaria" y, en todo caso, dijo que la liberación era "independiente de la permanencia".

Ante el juez afirmó que se trataba de un "servicio deficitario" con el que la compañía perdía "cinco euros por móvil" y que "a todos los clientes se les advertía de que había una vía gratuita", mientras que "si optaban por la telefónica se les comunicaba que se les cobraba ocho euros más IVA", aunque este proceso no se volvió a hacer "desde 2014".

El fiscal sostuvo que Vodafone "no actuó de buena fe" y consiguió un "enriquecimiento injusto" con un "bloqueo de terminales que si tenía una finalidad era beneficiar a Vodafone". Ha considerado fundamental su papel en el proceso porque ha dudado de que algún cliente quiera "soportar los gastos de un proceso para reclamar 9,86 euros" por una situación de la que "se están aprovechando las empresas operadoras de telefonía móvil".

Por su parte, la abogada de Adicae, Karina Fábregas, señaló que este cobro debería ser devuelto porque "el consumidor desconoce en el momento de contratación la cantidad que le puede cobrar la compañía", pues esta no viene en el contrato.

Ahora, la Audiencia Provincial de A Coruña añadió al fallo la declaración de nulidad, "por abusivas", de "las condiciones generales de la contratación litigiosas".

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