La justicia belga rechaza entregar a España a los 'exconsellers' catalanes huidos Comín, Serret y Puig

  • Tribunal y Fiscalía aprecian "irregularidades": las euroórdenes y las órdenes de detención nacional no coinciden.
  • La decisión se puede recurrir, pero la Fiscalía -que pidió que no se les entregara- ha anunciado que no apelará.
Los exconsejeros catalanes huidos Lluís Puig (izq), Toni Comín (c) y Meritxell Serret (dcha) atienden a la prensa a su salida del tribunal.
Los exconsejeros catalanes huidos Lluís Puig (izq), Toni Comín (c) y Meritxell Serret (dcha) atienden a la prensa a su salida del tribunal.
EFE/ Stephanie Lecocq
Los exconsejeros catalanes huidos Lluís Puig (izq), Toni Comín (c) y Meritxell Serret (dcha) atienden a la prensa a su salida del tribunal.

La justicia belga ha rechazado la entrega a España de los exconsellers catalanes huidos en Bégica, Toni Comín, Meritxell Serret y Lluis Puig, por "defectos de forma" en las euroórdenes que cursó el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena. Fuentes del tribunal español interpretan lo ocurrido como una "ausencia de compromiso con la colaboración judicial", pero lo achacan también a un "desconocimiento del ordenamiento jurídico".

En todo caso, la causa queda ya "sin objeto", ha explicado en un comunicado la Fiscalía, que ha anunciado, además, que no recurrirá. Los exconsellers obtendrán, por tanto, la libertad definitiva y quedan expensas de que se curse una nueva petición. El juez belga ha dictado, de momento, sentencia verbal, han dicho las defensas de los reclamados, y aún debe hacer pública la decisión oficial que supondrá la retirada de las medidas cautelares.

La Cámara del Consejo de Bruselas (tribunal de primera instancia) ha tomado la decisión siguiendo, precisamente, el criterio de la Fiscalía. Lo ha hecho tras la celebración de una audiencia, de hora y media de duración, a la que estaban citados los políticos. Los tres acudieron acompañados de sus abogados y no hicieron declaraciones; a la entrada del Palacio de Justicia les esperaban los eurodiputados de ERC Jordi Solé y Josep Maria Terricabras, así como el del PDeCAT Ramón Tremosa.

La Fiscalía belga ha confirmado que, lógicamente, los abogados de los tres reclamados no recurrirán y que las autoridades españolas no pueden hacerlo, ya que no son parte en esta causa. El error -"irregularidad", como se refleja en el comunicado- que describe el Ministerio Público (y del que se avisó en abril al juez español, según publica el diario Ara) se explica de la siguiente manera:

La jueza Carmen Lamela de la Audiencia Nacional, que inició la causa, cursó en noviembre de 2017 órdenes de detención nacionales e internacionales contra Puigdemont y cuatro exconsellers huidos (incluyendo a Clara Ponsatí, que ahora está en Escocia) por cinco delitos: rebelión, sedición, malversación, prevaricación y desobediencia. Asimismo, cursó de forma paralela sendas euroórdenes por esos cinco mismos delitos.

El juez Llarena del Tribunal Supremo, que asumió la causa después, retiró en diciembre las euroórdenes y las órdenes internacionales de detención, pero mantuvo las órdenes nacionales. Tras dictar auto de procesamiento para la causa del procés, el pasado 23 de marzo, reactivó las euroórdenes y las órdenes internacionales, pero no modificó ni actualizó las órdenes de detención nacionales: por tanto, los delitos que constaban en ambos escritos eran diferentes.

En el caso de los exconsellers que están en Bélgica, fueron procesados finalmente por rebelión y malversación (Comín) y desobediencia y malversación (Serret y Puig); en las órdenes nacionales siguen constando todavía los cinco delitos.

La defensa de los exconsellers ha basado sus argumentos en un precedente judicial europeo: la sentencia Bob Dogi del TJUE. Esta sentencia, sobre un camionero rumano reclamado por Hungría, dice que una vez cursada una euroorden -y después de que la justicia del país receptor, como en este caso, haya pedido y recibido más información por considerarla insuficiente-, se podrá rechazar si no se ha dictado "efectivamente" una orden de detención nacional pareja.

El mecanismo de la euroorden, de hecho, requiere en su artículo 8 "la indicación de la existencia de una sentencia firme, de una orden de detención o de cualquier otra resolución judicial ejecutiva que tenga la misma fuerza prevista en el ámbito de aplicación de los artículos 1 y 2", Es decir, la persona tiene que estar siendo buscada por la justicia en su país y por unos delitos concretos.

Según el letrado Jaume Alonso-Cuevillas, con la decisión del juez Llarena de retirar las primeras euroórdenes "perdieron vigencia" la órdenes nacionales iniciales; "Cuando llegó esta segunda euroorden, en seguida lo pusimos en conocimiento de la Fiscalía belga", ha añadido. La Fiscalía preguntó entonces a Llarena, y este contestó que sus euroórdenes se basaban en los hechos reflejados en el auto de procesamiento; su respuesta, por cierto, contenía un error en una fecha.

El letrado insinuado que "técnicamente" esta es "la misma situación" a la que se enfrenta Puigdemont en Alemania, pero recuerda que "cada Estado tiene su propio ordenamiento jurídico".

El juez Llarena debe decidir ahora si cursa una nueva euroórden para reclamar a los exconsellers, aunque en opinión de Cuevillas "sería un caso sin precedentes, insólito, que rayaría en el ridículo judicial". Pese a que la causa por la euroorden haya decaído, los tres políticos, así como los demás huidos (Puigdemont, Ponsatí, Marta Rovira y Anna Grabriel), mantienen su situación de procesados en rebeldía en España dentro de la causa del procés.

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