Renta 2017-2018: lo que debes saber sobre el abono anticipado de las deducciones

  • Quienes tengan derecho a determinados descuentos pueden solicitar a la Agencia Tributaria que adelante el abono de oficio del importe de la deducción.

La Agencia Tributaria establece que, si se cumplen ciertas condiciones, el contribuyente puede deducirse en la Declaración de la Renta. Que se concedan o no estas deducciones dependen tanto de la oferta del órgano tributario como de la disponible en la Comunidad Autónoma, así como de las condiciones personales de cada declarante. Así, se tiene derecho a deducción por variables tan distintas como la maternidad, la inversión empresarial, por mejoras de sostenibilidad en vivienda (Islas Baleares), por donaciones a oenegés… Y algunas de estas deducciones permiten, además, la posibilidad de solicitar un abono anticipado.

¿Qué colectivos tienen derecho a algún tipo de abono anticipado de las deducciones?

Quienes tienen deducción por Maternidad, Familia Numerosa que cumpla las condiciones, ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo o por ascendiente, separado legalmente o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos. También por la inversión en producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales.

La Agencia Tributaria se detiene a explicar en la guía práctica de la Declaración de la Renta de 2017 los casos más habituales, todos ellos dirigidos a ofrecer un apoyo a los contribuyentes que posean más cargas familiares a través de abonos anticipados por maternidad, por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo y por ascendente con dos hijos a su cargo y sin anualidades por alimentos.

  • Por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo. Los requisitos pasan porque los contribuyentes que soliciten el abono realicen “una actividad por cuenta propia o ajena por la cual esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad y coticen los plazos mínimos” requeridos, así como quienes reciban prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo, pensiones de la Seguridad Social o Clases Pasivas y prestaciones análogas anteriores, por cada uno de los meses que se perciban tales prestaciones”.
  • Por maternidad. En este caso, “quienes lo soliciten recibirán su abono de forma anticipada por cada mes durante el cual estén dados de alta en la Seguridad Social o Mutualidad y coticen los plazos mínimos requeridos”.

¿Cómo consigo el abono?

Quienes quieran disfrutar de un abono anticipado de las deducciones que así lo permitan pueden enviar una solicitud a la Agencia Tributaria presentando toda la documentación necesaria. Una por cada deducción a la que el contribuyente pueda tener derecho y escogiendo la modalidad individual (por cada contribuyente con derecho a deducción) o colectiva (si se presenta por todos los contribuyentes con derecho a ella). Una vez tramitada la solicitud, Hacienda decidirá si concede o no el abono y, si la respuesta es positiva, el cobro se llevará a cabo mensualmente mediante transferencia bancaria.

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